Publicación de Estela Martín

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Estela Martín Estela Martín es una persona influyente

Abogada, DirCom y RSC en Sincro. Presidenta de la Sección de Igualdad del ICAM. Docente. LinkedIn Top Voices. #SoyEJECON. TOP 200 Favikon 2023. Periodista y Abogada.

#PERMISOS: ¿Qué están sentenciando los #tribunales en aplicación del RDLey 5/2023? Ojo a estas 3 sentencias: 1. Los 5 días de #permiso por #enfermedad u #hospitalización de familiar son #laborables, no naturales. (SAN de 25 de enero de 2024). La sentencia es muy relevante porque se pronuncia ya expresamente sobre la nueva redacción del art. 37.3 b del Estatuto de los Trabajadores (nueva redacción dada por el Real Decreto-Ley 5/2023 y que amplía los días de permiso por enfermedad, hospitalización o intervención quirúrgica de los 2 (ó 4 cuando había desplazamiento) a los 5 días actuales. Entiende la AN que «el mandato de la Directiva 2019/1158 resulta claro e incondicionado, los Estados deben garantizar un permiso de cinco días “laborables”, no pudiendo éstos obviar esta clara obligación» 2. El nuevo permiso de 4 días por #fuerzamayor es retribuido sin necesidad de pacto o de que lo regule el convenio (Audiencia Nacional) La Audiencia Nacional estima las demandas interpuestas por los sindicatos USO, CIG y CGT y declara el carácter retribuido de las ausencias por fuerza mayor de hasta 4 días al año reguladas en el art. 37.9 del ET. Entre otros, apela al enjuiciamiento con perspectiva de género.  (SAN de 7 de febrero de 2024). 3. Regulación en convenio: Tras el RDL 5/2023 es nula la cláusula de los convenios que establezca que los días de permiso por hospitalización son naturales. El TSJ de Castilla y León declara nula la cláusula de un convenio colectivo que establece la configuración como naturales de los permisos correspondientes a fallecimiento, accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad (STSJ de Castilla y León de 19 de abril de 2024). Entiende el TSJ que tras el RDL 5/2023 se ha producido una alteración sustancial de las circunstancias concurrentes en el momento de su celebración, lo que conlleva una modificación de dicha estipulación. "Esta Sala considera que la configuración como naturales de los permisos previstos en el segundo punto del artículo 16 del IX Convenio Colectivo de Medianas Superficies de Distribución de Alimentación de la Comunidad Autónoma de Castilla y León (...) debe ser declarada nula". #Laboral #PermisosRetribuidos #RRHH

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Hola Estela. Como siempre gracias. Te acabo de enviar por privado una sentencia de conflicto colectivo en Jaén en el mismo sentido.

¡Qué interesante!

Tendré en cuenta esto

Dolores Iglesias Moreno

ASESORA JURÍDICA LABORAL. TÉCNICA DE EMPRENDIMIENTO Y EMPLEO , FORMADORA

4 meses

¡Muy útil!

Ignacio Arsuaga

Fundador lanzando herramienta de IA: Redactor de Marketing en español | Copygen.ai y CitizenGO | Casado | Padre de 5

5 meses

Interesante información sobre los nuevos permisos laborales. 📝🔍

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