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Paridades de poder adquisitivo

Paridades de poder adquisitivo

Las paridades de poder adquisitivo (PPA)* son una forma de medir las diferencias de precios entre países. La Unión Europea (UE) ha acordado unas reglas para su cálculo en los institutos nacionales de estadística y Eurostat, la oficina estadística de la UE. Estas reglas tienen por objeto mejorar la calidad y la comparabilidad de los datos recopilados y calculados.

ACTO

Reglamento (CE) no 1445/2007 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2007, por el que se establecen reglas comunes para el suministro de información básica sobre las paridades de poder adquisitivo, y para su cálculo y difusión

SÍNTESIS

Las paridades de poder adquisitivo (PPA)* son una forma de medir las diferencias de precios entre países. La Unión Europea (UE) ha acordado unas reglas para su cálculo en los institutos nacionales de estadística y Eurostat, la oficina estadística de la UE. Estas reglas tienen por objeto mejorar la calidad y la comparabilidad de los datos recopilados y calculados.

¿QUÉ HACE ESTE REGLAMENTO?

Establece las reglas para el desarrollo, la producción y el cálculo de las PPA, y las responsabilidades de las distintas partes implicadas.

PUNTOS CLAVE

Funciones y responsabilidades

  • Eurostat calcula las PPA cada año natural. Sus funciones son:
    • coordinar el suministro de información básica;
    • recopilar información de los países de la UE para el cálculo de las PPA;
    • calcular y publicar las PPA, y
    • elaborar y comunicar la metodología, previa consulta con los países de la UE.
  • Los países de la UE deben:
    • seguir el procedimiento de recogida de datos básicos establecido en el Reglamento;
    • certificar los resultados de las encuestas de las que son responsables, una vez terminado el proceso de validación de datos;
    • aprobar la metodología de recogida de datos y comprobar la verosimilitud de los datos facilitados por Eurostat.

Control de calidad

  • Cada país debe conservar documentación sobre cómo se ha aplicado el presente Reglamento. Su proceso de elaboración de las PPA deberá ser evaluado como mínimo una vez cada seis años.

Resultados publicados

  • Eurostat publicará los resultados dentro de un plazo de tres años a partir del final del año de referencia. Los resultados incluirán como mínimo:
    • las PPA a nivel del Producto Interior Bruto (PIB);
    • las PPA del gasto en consumo privado de los hogares* y del consumo individual real;
    • los índices de niveles de precios* relativos a la media de la UE;
    • el PIB, el gasto en consumo privado de los hogares, el consumo individual real y las cifras per cápita correspondientes en poder adquisitivo estándar*.

Utilización de las PPA

Las PPA se utilizan para calcular:

Subvención disponible

  • Como las PPA son básicamente estadísticas internacionales y solo tienen una función nacional limitada, Eurostat aporta una participación financiera que equivale al 70 % como máximo de los costes subvencionables sufragados por los países de la UE en el marco de las normas sobre subvenciones [Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002; el Reglamento financiero de la UE].

¿A PARTIR DE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR EL REGLAMENTO?

A partir del 9 de enero de 2008.

Para más información véanse:

TÉRMINOS CLAVE

*Paridades de Poder Adquisitivo (PPA): indicadores de las diferencias de niveles de precios entre países. Proporcionan una comparación directa de las unidades de moneda necesarias para adquirir una determinada cantidad de bienes o servicios en distintos países.

*Gasto en consumo final de los hogares: gasto que efectúan los hogares residentes en el consumo de bienes y servicios.

*Consumo individual real: el valor total del gasto en consumo individual de los hogares, las ISFLSH (instituciones sin fin de lucro que sirven a los hogares) y las Administraciones públicas. Medida de los bienes y servicios individuales que consumen efectivamente los hogares frente a lo que adquieren en realidad.

*Índices de niveles de precios: cocientes entre las PPA y los tipos de cambio. Ofrecen una medida de las diferencias de niveles de precios entre países indicando el número de unidades de la moneda común necesarias para comprar el mismo volumen del nivel de agregación o categoría analítica en cada país.

*Poder adquisitivo estándar: una moneda común artificial para expresar los agregados de las cuentas nacionales (por ejemplo, consumo agregado, inversión agregada) cuando se ajustan las diferencias de nivel de precios utilizando las PPA. Garantiza la comparabilidad de los resultados.

REFERENCIAS

Acto

Entrada en vigor

Plazo de transposición en los Estados miembros

Diario Oficial de la Unión Europea

Reglamento (CE) no 1445/2007

9.1.2008

-

DO L 336 de 20.12.2007, pp. 1-24

Acto(s) modificativo(s)

Entrada en vigor

Plazo de transposición en los Estados miembros

Diario Oficial de la Unión Europea

Reglamento (UE) no 193/2011

21.3.2011

-

DO L 56 de 1.3.2011, pp. 1-2

Reglamento (UE) 2015/1163

5.8.2015

-

DO L 188 de 16.7.2015, pp. 6-27

última actualización 13.08.2015

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