Revelación de secretos

El TSJM pide al Supremo que impute al fiscal general por revelación de datos de la pareja de Ayuso

El magistrado Goyena cita por error un artículo relativo al cohecho en la exposición razonada elevada al alto tribunal contra García Ortiz, pese a no investigar ese delito

En un segundo auto deja fuera del procedimiento al fiscal que denunció al empresario Alberto González Amador

El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz

El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz / Alejandro Martínez Vélez - Europa Press

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El juez Francisco Goyena, que investiga en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) la presunta revelación de secretos de Alberto González Amador, pareja de Isabel Díaz Ayuso, por la Fiscalía de Madrid, ha elevado al Tribunal Supremo una exposición razonada para que, en su caso, impute al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, por la difusión de la nota de prensa que dio lugar a la presentación de querellas contra la fiscal jefe de la Fiscalía Provincial de Madrid, Pilar Rodríguez Fernández, y el fiscal que interpuso la denuncia inicial contra el empresario. En la resolución, de apenas nueve páginas, el magistrado cita el artículo 419 del Código Penal, relativo a cohecho, en vez del 417, que castiga la revelación de secretos por funcionario, un error que está previsto que subsane este mismo martes, según las fuentes jurídicas consultadas.

Nada más hacerse público el paso dado por el magistrado del TSJM, García Ortiz en una nota ha considerado "coherente" el paso dado por el magistrado Goyena, al ser el Supremo el único ante el que puede responder, dada su condición de aforado, y asegura que el hecho de que se haya elevado una exposición razonada en su contra "no alterará el normal funcionamiento de la institución ni su trabajo ordinario" al frente del ministerio público.

En relación a Pilar Rodríguez Fernández, no obstante, la Fiscalía General muestra su "extrañeza" porque el juez Goyena tenga dudas sobre su actuación, y apunta que "ninguna responsabilidad puede tener quien cumple escrupulosamente con sus funciones estatutarias y ejerce con profesionalidad y lealtad la jefatura". 

La decisión del TSJ madrileño se produce tras haber tomado declaración como investigados a la fiscal jefe provincial de Madrid y a Julián Salto, fiscal de delitos económicos y autor de la denuncia presentada contra el empresario Alberto González Amador por delitos de fraude fiscal y falsificación documental. Salto ha quedado fuera del procedimiento en otro auto, al entender el magistrado que las diligencias de investigación practicadas “ponen de relieve, sin mayor duda, que su actuación en relación a la elaboración de la nota informativa de la Fiscalía Provincial de Madrid", en el que se basa el procedimiento contra los representantes del ministerio público, "fue meramente instrumental” y, por tanto, sin relevancia penal.

Apremio del fiscal general

En la exposición razonada, el magistrado afirma que "la elaboración, publicación y difusión de la nota" informativa en cuestión "excedió del ámbito de decisión de la Fiscalía Provincial de Madrid. Más allá de esto, contó con el explícito consentimiento e indicaciones, incluso con el apremio, de la Fiscalía General del Estado".

Destaca que "la difusión de dicha información no se corresponde con la alegada finalidad que apunta el ministerio fiscal", de evitar la desinformación con informaciones falsas, "pues aparte de exceder en su contenido a lo que aparece divulgado en la prensa, supone la divulgación de datos e información que no puede ser revelada a terceros, al perjudicar a un tercero e incluso a un interés colectivo, si atendemos al derecho de defensa, no solo del particular, sino también en general y a lo que tendería la finalidad de la querella presentada por el Colegio de la Abogacía de Madrid".

A finales de la semana pasada, tanto los abogados de González Amador como el Colegio de la Abogacía de Madrid, personado como acusación popular, pidieron a Goyena que dirigiera una exposición razonada al Supremo para que, en su caso, abra un procedimiento contra él por el artículo 417, que castiga a "la autoridad o funcionario público que revelare secretos o informaciones de los que tenga conocimiento por razón de su oficio o cargo y que no deban ser divulgados" con penas de multa de 12 a 18 meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de uno a tres años".

Una información falsa

Las dos acusaciones respondían a un requerimiento del propio magistrado después de que el propio García Ortiz asumiera su responsabilidad en la difusión de nota informativa en la que se daba cuenta del cruce de correos entre el abogado del empresario y el fiscal salto, a cuenta de una propuesta de pacto por parte del primero. Según García Ortiz, se trataba de aclarar la verdad frente a una información falsa publicada en algunos medios relativa a este ofrecimiento de pacto para evitar el juicio.

Pilar Rodríguez y Julián Salto declararon ante el magistrado que instruye el caso que la orden directa de la emisión de la nota aclaratoria de la Fiscalía de Madrid correspondió al fiscal general del Estado. En la misma línea se pronunció el pasado 13 de junio la fiscal superior de la Comunidad de Madrid, Almudena Lastra, en su caso como testigo.

Por su parte, la Asociación Profesional e Independiente de Fiscales (APIF) ha emitido un comunicado en el que asegura que la situación "ya ha traspasado todos los límites que puede soportar la institución", pues considera que la forma de proceder ha sido "en todo momento inapropiada" y que los tribunales "dirán si además es delictiva".

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