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El Gobierno valora eximir a los dueños actuales de perros del curso formativo al que obligará la ley

Se plantea que los canes de razas “potencialmente peligrosas” puedan dejar de tener esta consideración si superan una prueba de aptitud a los 12 meses de edad; si no la pasan, se prohibiría su reproducción

Test de sociabilidad para perros en una sede de la Real Sociedad Canina en Madrid.
Test de sociabilidad para perros en una sede de la Real Sociedad Canina en Madrid.Claudio Álvarez
Sara Castro

El Gobierno se plantea eximir a los dueños actuales de perros del curso formativo al que obligará la ley, según ha propuesto el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 en un borrador de real decreto enviado este viernes a las comunidades para desarrollar la ley de bienestar animal. Según han confirmado fuentes del ministerio a EFE, la idea es dar un periodo de carencia de seis meses desde la publicación de la norma, a partir de la cual será imprescindible obtener la formación pertinente de tenencia de perros, que no se exigiría a las personas que ya tienen canes.

Se trata de un texto que regulará 25 artículos de esta norma, que entró en vigor el año pasado —el 29 de marzo de 2023—. La propuesta ha sido redactada por la Dirección General de Derechos de los Animales, integrada en el ministerio que dirige Pablo Bustinduy, y será expuesta el próximo 17 de julio en una reunión técnica con los gobiernos autonómicos, que podrán presentar cambios al texto hasta el 31 de agosto.

Entre las propuestas, se plantea modificar la normativa vigente para los perros potencialmente peligrosos. El objetivo es que las razas con esta consideración puedan dejar de tenerla si el animal supera una prueba de aptitud, una especie de test de sociabilidad a la que deberán someterse a los 12 meses de edad. Según el borrador, esta prueba será realizada por profesionales del comportamiento animal y deberán ser inscritas en el registro de identificación del perro para que quede constancia. Aquellos animales que no superen la prueba pasarían a considerarse como potencialmente peligrosos, con lo que requerirán manejo especial (deberán ir siempre con correa corta y bozal, incluso en los parques caninos), y se prohibirá su reproducción.

Con el nuevo redactado, solo podrán reproducirse aquellos perros que hayan sido inscritos como “reproductores” en el momento de su identificación, algo que también se aplicaría a los gatos. Se propone, además, introducir un protocolo excepcional para aquellos casos en los que se produzca la reproducción accidental de un animal, según el cual los cachorros deben quedar inscritos previa autorización excepcional del Ayuntamiento en el que resida el titular, con la limitación de que esta autorización pueda repetirse en los tres años siguientes.

Destaca la propuesta de habilitación de un procedimiento específico para que las administraciones públicas se hagan cargo de cualquier animal de compañía confinado en un recinto abierto o en una finca que pueda encontrarse en situación de riesgo por no haber sido atendidas sus necesidades básicas por parte de la persona titular o responsable. Según indica el texto, esto significa que la autoridad local competente en cada territorio podrá trasladar al animal a un centro de recogida para que sea atendido de forma provisional, mientras se tramita el procedimiento de abandono.

En esta línea, la propuesta establece que aquellos animales de compañía que se encuentren solos en vehículos cerrados y expuestos a condiciones que ponen su vida en peligro puedan ser rescatados por los servicios de emergencias o las fuerzas de seguridad. Esto será así siempre que no se localice al titular del automóvil y que, bajo el criterio del personal de emergencias, se aprecien signos de que la vida del animal se encuentra en riesgo.

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A estas medidas para luchar contra al abandono y el maltrato animal se suman otras propuestas como la de restringir que se pueda criar perros y gatos de manera irregular, una aportación que persigue la finalidad de reducir drásticamente las altas tasas de abandono que acarrea esta práctica.

Así mismo, se plantean registros de forma centralizada para criadores, núcleos zoológicos y entidades de protección animal, con la propuesta de que todas estas figuras sean gestionadas por las Comunidades Autónomas. Se busca así luchar contra el intrusismo profesional que se produce en estos sectores, lo que según el ministerio va en detrimento del bienestar de los animales. Con este propósito, se crea el Sistema Central de Registros para la Protección Animal, para coordinar la información de los registros autonómicos.

Tal y como ya se perfilaba en la ley de bienestar animal, el borrador indica que el responsable de cada perro tendrá que contratar y mantener en vigor un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, de una cuantía mínima de 100.000 euros. Este tendrá que estar vigente durante toda la vida del animal, independientemente de la raza. El texto señala que habrá un plazo de seis meses desde la entrada del decreto para contratarlo y establece que los seguros de hogar que ya lo incluyan serán válidos.

Colonias felinas

Respecto a los gatos, se propone que sean los ayuntamientos los que regulen la protección de colonias felinas. Además, establece que sea un veterinario quien apruebe un nuevo destino para aquellas colonias que deban desplazarse o ser reubicadas debido al impacto negativo que puedan generar en la biodiversidad de un territorio específico.

Dentro del sector de la cría, el borrador plantea introducir las figuras de los criadores convencionales, especializados y puntuales, con el fin de diferenciar esta actividad en función de su intensidad y número de animales. Así mismo, se propone regular por primera vez la actividad de los profesionales del comportamiento, esto es, las personas o entidades encargadas del adiestramiento, la educación o la modificación de conducta de animales de compañía. Según el texto, esta es una actividad en auge que sufre el intrusismo profesional por parte de personas sin capacitación.

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