⚠️💼 ¿Sabías que si tienes contratados trabajadores autónomos que no se diferencian de los empleados de tu plantilla, podrías estar incurriendo en una práctica ilegal? 📝 Aunque firmes un contrato de prestación de servicios, la realidad de la relación laboral es lo que cuenta. La Inspección de Trabajo analiza indicadores de dependencia y ajenidad, tales como: 🔸 Dependencia: Horarios fijados por la empresa, asignación de un puesto de trabajo fijo, organización del trabajo, pago periódico de salarios y la asignación de clientes. 🔸 Ajenidad: Uso de equipos y herramientas de la empresa, abono de salario independientemente de los objetivos alcanzados y asunción de riesgos económicos por parte de la empresa. ❗️💰 Si se determina que un autónomo es en realidad un falso autónomo, la empresa podría enfrentar multas significativas, además de la obligación de dar de alta al trabajador en el Régimen General de la Seguridad Social y pagar las cuotas de cotización no ingresadas con recargo. Si quieres saber más y asegurar la correcta gestión de tus trabajadores, te dejamos el artículo en nuestra web 👉 https://lnkd.in/dq-WCVCJ #Laboral #FalsosAutonomos #DerechoLaboral #ComplianceLaboral
Publicación de DESPACHOS BK ETL GLOBAL
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#CIBInforma ✅ ¿Sabías que… si una empresa tiene contratados trabajadores autónomos que no se diferencian de los trabajadores de su plantilla, son falsos autónomos? Aunque se firme un contrato de prestación de servicios, la realidad de la relación laboral prevalece. La Inspección analizará la dependencia y ajenidad para determinar si un autónomo es realmente un empleado: ➡️ Los indicios de dependencia incluyen horario fijo, instrucciones del contratante y salario periódico. ➡️ Los indicios de ajenidad incluyen uso de recursos de la empresa sin riesgo para el trabajador. En consecuencia, las empresas que contraten falsos autónomos se exponen a ser sancionadas. Si quieres conocer más sobre este tema, lee el artículo completo en nuestra página web 🌐 https://lnkd.in/dUbGXpjC #CIBPartners #Laboral #FalsosAutónomos #InspecciónLaboral
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La base de cálculo utilizada por la Seguridad Social para determinar las prestaciones de los trabajadores autónomos es conocida como base reguladora. Esta base suele ser un porcentaje de los ingresos declarados por el trabajador. Sin embargo, es importante destacar que el cálculo de las bases reguladoras puede variar en función de cada caso específico. En algunos casos, la base reguladora coincide con la base de cotización del trabajador autónomo. En cambio, en otros, es necesario sumar todas las bases de cotización correspondientes a los meses considerados para la prestación, y luego dividir este total entre el número de meses.
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Interesante artículo para las empresas que contratan autónomos regularmente.
🚨 Si una empresa contrata trabajadores autónomos que no se diferencian de los trabajadores de su plantilla, son falsos autónomos. Aunque las partes firmen un contrato de prestación de servicios, el acuerdo no prevalece sobre la realidad de la relación en la práctica. Es irrelevante que una relación se encuadre como mercantil: para determinar si la relación es laboral o mercantil, se analizarán las características de la prestación de servicios. 🔍 Para comprobar si un autónomo debe ser un empleado con relación laboral, la Inspección analizará: ➡️ Dependencia: 🕒 Horarios fijados por el contratante 🏢 Puesto de trabajo fijo en el centro de trabajo 🔄 Asistencia regular del trabajador 📋 Organización del trabajo por el contratante 💰 Periodicidad en el abono del salario 📈 Asignación de clientes o determinación de precios ➡️ Ajenidad: 💻 Uso de software o material con marca de la empresa 🚗 Uso de vehículo de empresa o herramientas facilitadas por la contratante 💵 Abono del salario aunque no se alcancen los objetivos 💸 No sufrir pérdidas económicas por retrasos en pagos 📦 Frutos obtenidos se ponen automáticamente a disposición de la empresa En caso de ser considerado falso autónomo, la empresa se enfrenta a multas, el alta de oficio del trabajador en el Régimen General de la Seguridad Social y el ingreso de las cuotas de cotización no ingresadas con recargo. 💼 Nuestros profesionales le informarán sobre cualquier duda sobre autónomos y las diferencias entre relación mercantil y laboral. 💻 Visita nuestra web: noceda.com/asesores 📩 Suscríbete a nuestra newsletter: https://lnkd.in/ebpyqy7i
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🚨 Si una empresa contrata trabajadores autónomos que no se diferencian de los trabajadores de su plantilla, son falsos autónomos. Aunque las partes firmen un contrato de prestación de servicios, el acuerdo no prevalece sobre la realidad de la relación en la práctica. Es irrelevante que una relación se encuadre como mercantil: para determinar si la relación es laboral o mercantil, se analizarán las características de la prestación de servicios. 🔍 Para comprobar si un autónomo debe ser un empleado con relación laboral, la Inspección analizará: ➡️ Dependencia: 🕒 Horarios fijados por el contratante 🏢 Puesto de trabajo fijo en el centro de trabajo 🔄 Asistencia regular del trabajador 📋 Organización del trabajo por el contratante 💰 Periodicidad en el abono del salario 📈 Asignación de clientes o determinación de precios ➡️ Ajenidad: 💻 Uso de software o material con marca de la empresa 🚗 Uso de vehículo de empresa o herramientas facilitadas por la contratante 💵 Abono del salario aunque no se alcancen los objetivos 💸 No sufrir pérdidas económicas por retrasos en pagos 📦 Frutos obtenidos se ponen automáticamente a disposición de la empresa En caso de ser considerado falso autónomo, la empresa se enfrenta a multas, el alta de oficio del trabajador en el Régimen General de la Seguridad Social y el ingreso de las cuotas de cotización no ingresadas con recargo. 💼 Nuestros profesionales le informarán sobre cualquier duda sobre autónomos y las diferencias entre relación mercantil y laboral. 💻 Visita nuestra web: noceda.com/asesores 📩 Suscríbete a nuestra newsletter: https://lnkd.in/ebpyqy7i
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Los trabajadores pueden cotizar tanto por cuenta ajena como por autónomos en el régimen conocido como de pluriactividad. Te contamos en qué consiste y los beneficios que implican
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El Impacto de los Falsos Autónomos en el Mercado Laboral La Inspección de Trabajo ha intensificado su enfoque en la figura del falso autónomo, descubriendo 40,000 casos solo en 2023 y recaudando significativas cotizaciones y sanciones atrasadas. Vamos a explorar qué constituye un falso autónomo y las implicancias de mantener esta figura en las empresas. ¿Qué es un Falso Autónomo? Un falso autónomo es un trabajador que, aunque registrado como autónomo, trabaja bajo condiciones típicas de un empleado asalariado. Esto incluye retribución, dependencia, y ajenidad en las condiciones laborales, pero sin los beneficios legales correspondientes a un empleado. Características del Falso Autónomo Retribución: El falso autónomo recibe un salario fijado por la empresa, a diferencia de un autónomo que establece sus propias tarifas. Dependencia: Recibe instrucciones directas de la empresa, limitando su autonomía profesional. Ajenidad: Utiliza herramientas y recursos proporcionados por la empresa, en lugar de operar con sus propios medios. Sanciones por Contratar a Falsos Autónomos Las sanciones varían según el grado de infracción: Grado mínimo: entre 3,126€ y 6,250€. Grado medio: entre 6,251€ y 8,000€. Grado máximo: entre 8,001€ y 10,000€. Adicionalmente, las empresas deben: Registrar al trabajador en el Régimen General de la Seguridad Social como empleado. Pagar cuotas atrasadas del trabajador por los últimos cuatro años, con recargos de hasta el 150%. En casos graves, enfrentar delitos penales si las cuotas no pagadas superan los 50,000 €. La figura del falso autónomo presenta serios riesgos tanto para el trabajador como para la empresa. Es crucial que las empresas evalúen y ajusten sus prácticas laborales para alinearse con la legislación y proteger tanto sus intereses como los de sus trabajadores. Para más información sobre cómo identificar y corregir situaciones de falsos autónomos en tu empresa, visita INadvisors. En INadvisors, te ayudamos a asegurar que tu gestión laboral cumpla con las normativas vigentes. 🖥️ Visita nuestro blog en INadvisors para leer el artículo completo. Artículo completo en: https://lnkd.in/d7ViEnit En INadvisors, proporcionamos asesoramiento experto para la correcta gestión de situaciones laborales complejas. -------------------------------------------- 📌 INadvisors Asesoría Laboral para Pymes y Autónomos Gran Via de Carles III, 58, Local A, 08028 Barcelona #INadvisors #AsesoríaLaboral #RRHH #Empresas #PYMES #Autonomos #Funcionarios #Barcelona #10Aniversario #FalsosAutónomos #DerechoLaboral #InspecciónDeTrabajo #MercadoLaboral #RecursosHumanos #LegislaciónEspañola #RRHHEspaña #Emprendedores #SeguridadSocial #Jubilación
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Doctor en Derecho, Abogado, Gestor Administrativo y profesor de Derecho Laboral en el Master de Gestión Administrativa, en la UAO-CEU
Como siempre gracias a Diario Autónomos y Emprendedores y a Diego Sánchez Adelantado por contar conmigo en este articulo sobre el #períododeprueba en los contratos laborales. Tema que actualmente da muchos quebraderos de cabeza a las empresas.
Los jueces resuelven cómo deben calcular los autónomos el periodo de prueba de sus asalariados
autonomosyemprendedor.es
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